De leyes y reglamentos

Desde la ventana en mi lugar de trabajo, vi pasar una camioneta (SUV) que llevaba un porta bicicletas en la parte trasera (sin bicicletas). Los soportes del portabicicletas se prolongaban unos 50 cms. Al estar estar horizontales, desde atrás, podrían no ser bien percibidos, especialmente en profundidad. Pensé que el dueño de estos bien podría colocar una franela en ellos para advertir de su presencia.

Me pregunté entonces, ¿qué pasaría si lo detenía un agente de tránsito? Lo más seguro es que el conductor pensara en que se trata de una arbitrariedad y pretexto de extorsión, (y a lo mejor sí, es decir, un agente de tránsito no perdería la oportunidad, creo yo), pero sin duda estaría sustentado. Las leyes se establecen por un motivo: cuidar algo. Cuidar la eficiencia de operación de un sistema, cuidar la integridad de sus actores y bienes, cuidar el derecho de hacer un uso justo de algo.

Es poco probable que otro coche impacte contra los soporte, pensarán muchos, al considerar que el frente (el cofre) de un auto sedán mide más e impediría que el parabrisas impacte con los soportes, pero qué hay de una camioneta en reversa, un camión de reparto, una camioneta o auto de frente chato. Seguramente pegaría.

En tales situaciones, el dueño del vehículo con los soportes alegaría que quien lo golpeó debió tener cuidado y mantener la distancia. Quien pegó seguramente dirá que los soporte no se veían. Un accidente al fin y al cabo. ¿Quién tendría la razón? Recordemos para qué están la leyes: precisamente para evitar esto. La ley ha previsto esta situación y a dispuesto las acciones para reducir el riesgo o suprimirlo de que pase (suprimirlo siempre y cuando se obedezca). Desde esta visión es claro que el dueño del vehículo que salió con un aditamento que a simple vista o rápidamente no es distinguible incrementó el riesgo de un accidente. El fue quien incurrío en una infracción.

El mismo razonamiento aplica a peatones y ciclistas. ¿Por qué no menciono a conductores? Porque doy por hecho que éstos ya tienen la noción del reglamento de tránsito, al ser un requisito conocerlo para adquirir una licencia de manejo. Para un peatón o ciclista no hay esta necesidad pues no requieren de una licencia (a menos que sea una bicicleta de reparto para el que se requiera de un permiso o placa).

La gente asume que el conductor de un vehículo debe cuidar a peatones y ciclistas, y que ellos (peatones y ciclistas) están exentos de una regulación, pero no es así. El Reglamento de Tránsito de la CDMX contempla acciones que ciclistas y peatones pueden realizar y así establece sanciones cuando no lo hagan. Desafortunadamente no todos los posibles escenarios y acciones están cubiertos y en la gran mayoría de lo reglamentado no se habla más que de una amonestación por parte del agente de tránsito. Así que, pese a que el es deber de la policía actuar para hacer valer el reglamento, es poco probable que ellos lo hagan para evitar discusiones que no les llevarán a algo bueno.

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