En el apéndice de señalamientos, media cuartilla es dedicada a los «dispositivos diversos», mostrando algo que debería ser relegado al señalamiento de desvíos o informativo.
Luego viene una sección dedicada a la descripción de los semáforos. De todos tipos y sabores. Y.. ¡oh sorpresa! También vienen descritas las señales corporales de los agentes de tránsito, pero ¿sabrán ellos de estos movimientos así como del tipo de sonidos que deben hacer con sus silbatos? A veces de la impresión de que sólo hacen sonidos al azar.
Tres movimientos de los «promotores voluntarios» también están descritos. Creo que eso de «promotores voluntarios» debería cambiarse a «personal del control vial no oficial». Fuera de los franeleros y uno que otro padre de familia ayudando a una escuela o excursión, dudo haya «voluntarios».
También, se indica la existencia de semáforos para ciclistas, que sí he llegado a ver. Pero, si difícilmente un ciclista respeta los de otros (peatonales, vehiculares), ¿respetará el que le corresponde?
Referencias
- «Reglamento de Tránsito del Distrito Federal«, Gobierno de la Ciudad de México, sitio web de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, Gobierno del la Ciudad de México, Distrito Federal, México. Publicado: 2015.08.17; consultado: 2015.12.04. URL: http://www.consejeria.df.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/0dfe0f2c2728da104e72f26974d2ad23.pdf y https://dredu.mx/wp-content/uploads/2015/12/rtdf2015.pdf.
