Una reclutadora de una firma de staffing local (es decir, de la Ciudad de México) me contactó para un posible empleo. Los requisitos del puesto (de acuerdo con las necesidades del empleador) no diferían en nada de lo que un empleador en EE. UU. llega a solicitar (aunque creo que es muy diferente lo que pasa por la mente de las personas detrás de estos requerimientos).
Si bien puede no ser posible saber del todo si las habilidades requeridas por la descripción del puesto serán verdaderamente utilizadas o si el problema las amerita, sí es posible entender y acordar que el conocimiento y las habilidades solicitadas son los mismos. Es decir, y tomando de ejemplo el caso del RAG (Retrieval Augmented Generation, una técnica para potenciar el uso de los LLM), RAG es RAG aquí y en China, y lo que un ingeniero en machine learning, científico de datos o gen AI engineer hagan al emplear esta técnica en un desarrollo que involucra un LLM es lo mismo aquí y en China. Lo único que podría diferenciar a dos candidatos con un mismo nivel de conocimiento, experiencia y habilidad en RAG (así como con otros requisitos del puesto) sería, entre otras pocas cosas, el dominio de otro idioma, como el inglés (como una habilidad fácil y directa de ser evaluada, a diferencia de lo que podría ser una habilidad de comunicación con colegas o su manejo de la presión del jefe).
El salario bruto que esta reclutadora me ofrecía es apenas el 50% del salario libre que ese puesto tendría en una empresa extranjera, especialmente en los EE. UU. La reclutadora se justificó en que el salario ya estaba, de alguna manera, «acordado entre los reclutadores», dizque para evitar que hubiera salarios muy disparejos entre puestos similares y una «competencia desleal».
Yo me pregunto, ¿quién les autoriza a establecer esos niveles salariales? ¿Qué les justifica decidir cuánto debe ganar una persona? ¿Cómo evalúan lo que vale la experiencia, el aprendizaje y las capacidades? Aunque estoy acostumbrado a recibir estas subvaloradas ofertas de trabajo, sí me pareció ofensivo que un grupo de personas o empresas (que de alguna manera controlan la demanda y proveen recursos laborales) determinen algo que no entiende ni les compete.
Aunque quizás no tenga mucho que ver, me hizo recordar esa «teoría de la inexistencia del mercado de trabajo». (TIMT) Según describen1, en esta teoría:
En la TIMT, se argumenta que los planes de compra y venta de trabajo son independientes del salario real, de hecho ningún precio vincula estos planes. De ahí que se hable de la inexistencia del mercado de trabajo. Es importante aclarar que en este marco analítico, un mercado está integrado por tres elementos: oferta, demanda y un precio que vincule a éstas. Al no haber un precio que relacione los planes de compra y venta de trabajo no es posible hablar del mercado de trabajo como un marco conceptual coherente, en el cual se determine el salario y el nivel de empleo.
Que lleva a preguntarme si la TIMT contemplará a estos intermediarios (y casi mercenarias): las empresas dedicadas al reclutamiento de personal.
Referencias
- Daniel Velázquez Orihuela y Juan Roberto Vargas Sánchez, «Hacia la construcción de un nuevo paradigma: Teoría de la inexistencia del mercado de trabajo (TIMT)«, Boletín Científico de las Ciencias Económico Administrativas del ICEA, vol. 1, núm. 1, 2012. DOI: https://doi.org/10.29057/icea.v1i1.18, URL: https://www.uaeh.edu.mx/scige/boletin/icea/n1/e3.html.

