L’affaire Florence Cassez

El caso Cassez ha sido de lo que más ha aparecido en la prensa durante la semana pasada. Por supuesto hay muchísimas opiniones al respecto, la mayoría condenatorias (salvo las de tres de los jueces de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Cassez y sus allegados, su abogado, y muchos de los franceses –aunque no niego que debe haber algunos aún con sentido común), así que no veo porque no dar la mía también.

Mientras que la mayoría se pronuncia por declarar culpable a Cassez, creo que eso es algo que salvo sus víctimas y los victimarios mismos son los únicos que lo saben con certeza. Quienes la detuvieron, abogados, fiscales, jueces y actores de primera mano en el proceso judicial son quienes con base en las pruebas aportadas por ambas partes (defensa y fiscalía) podrían pronunciarse en favor o contra de su culpabilidad o inocencia. De ahí en fuera, todos los demás somos observadores; no contamos con ningún elemento certero para que nosotros mismo pudiéramos determinar la verdad o falsedad de las acusaciones. Lo que llegamos a saber del caso no es siquiera de una fuente confiable como pudiera ser uno de los actores del proceso judicial, es de terceras partes y de las interpretaciones (atinadas o equivocadas) que ellos pudieran tener.

Al margen de este asunto, lo que que creo si podemos opinar es del proceder de los jueves que concedieron el favor del amparo que liberó a Cassez. Para no extenderme en el tema, lo mejor es que ponga algunas referencias a artículos que exponen palabras más, palabras menos lo que opino del tema.

Lo que expone Leo Zuckermann en su columna me parece, es el ideal de todo sistema de justicia y tal vez a lo que todos aspiramos, al consabido «el bien triunfará sobre el mal» que leemos y vemos en las obras de escritores y cineastas. Desafortunadamente, en este caso parece que el proceso se volvió el fin y no se consideró como un simple medio, por lo que creo que todos quienes consideran que la decisión de la SCJN fue atinada por sobreponer proceso a los fines que persigue están equivocados al aplicar el ideal de un mundo en el que todos lo entienden y acatan (incluso los criminales) al mundo real lleno de errores por parte de quienes trabajan y buscan este ideal y los criminales a quiens simplemente les vale sorbete (y ni entienden) tal ideal.

Jorge Fernandez Menendez por su parte expone muy bien lo que debió ser el actuar en el imperfecto mundo en el que vivimos, esto es, indicar las serias omisiones en el proceso, los errores y los abusos (y de paso girar instrucciones de comparecencia o detención, diría yo) para otorgar el beneficio de la duda al inculpado y así darle la oportunidad de un nuevo (y justo en la medida de lo posible) juicio.

Por su parte Ciro DiConstanzo presenta lo que debe ser el sentir de todos por la forma en que los franceses han reaccionado ante este asunto y la forma en la que han tratado a Cassez. Esto no demuestra más que, si importar que sea un país de primer mundo, la mayoría de sus integrantes (incluyendo a su actual presidente), carecen de un sólido criterio de aquello que es correcto y lo que no lo es.

Finalmente, vale la pena mencionar la opinión de Luis F. Lozano Olivares, en su editorial «Ley de Víctimas y Florence Cassez» (Excelsior, sección Nacional, p. 18, México, D. F., 2013.01.26) y la de José Elías Romero Apis asentada en las notas informativas sobre sus declaraciones en entrevistas (Excelsior, sección Nacional, p. 16, México, D. F., 2013.01.25)

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